La Cámara de Diputados de Argentina sancionó por unanimidad el proyecto de ley sobre salud mental que, de aprobarse en el Senado, desterrará viejas prácticas: entre otras, la de internar indiscriminadamente a los pacientes psiquiátricos. Más aún, prohibirá la creación de nuevos manicomios. El objetivo es asegurar el pleno goce de los derechos humanos y dar la oportunidad al paciente de rechazar la asistencia si así lo desea. Según el texto del proyecto, los manicomios deberán encaminarse gradualmente, “hacia su sustitución definitiva”.
El proyecto en cuestión fue impulsado por diputados de distintos bloques nacionales e incorpora a la legislación argentina los Principios de Naciones Unidas para la Protección de los Enfermos Mentales y la Declaración de Caracas de la OMS. Fue aprobado en general y en particular con 172 votos. “Lo que cambia son las reglas de juego, en este sentido es un salto cualitativo enorme”, aseguró Gorbacz, del partido Solidaridad e Igualdad.
La salud mental es definida en el proyecto como “un proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implican una dinámica de construcción social vinculada con la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona”. Los centros de salud públicos y privados deberán trabajar bajo estos nuevos lineamientos, poniendo especial atención en la inserción de los pacientes, una de las banderas históricas del movimiento de desmanicomialización.
“Llevamos siglos de exclusión, aislamiento y prejuicio en este tema, de prácticas sin ningún tipo de aval científico”, comentó el diputado, al mencionar la modalidad de abordaje centrada en la internación, muchas veces, a puertas cerradas. El texto de la norma indica que “el proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud”.
La internación es considerada como un recurso terapéutico de carácter “restrictivo” y que precisa de un diagnóstico interdisciplinario con la firma de al menos dos profesionales, de los cuales uno deberá ser psicólogo o psiquiatra. No podrá realizarse sin el “consentimiento informado” del paciente y para aplicarse tiene que aportar “mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social”. La declaración de insania, según Gorbacz, está planteada con límites más precisos que antes.
En el proyecto se indica que la internación debe ser “lo más breve posible” y en ningún caso puede ser indicada o prolongada, como suele suceder, en pos de resolver “problemáticas sociales o de vivienda, a fin de lo cual el Estado debe proveer los recursos adecuados”. La persona podrá en cualquier momento decidir “por sí misma” el abandono de la internación. Si dura más de 60 días corridos, “el equipo de salud debe comunicarlo al órgano de revisión (creado por ley) y al juez”. Este último “debe evaluar, en un plazo de cinco días, si la internación sigue siendo voluntaria o debe pasar a considerarse involuntaria”.
Los casos de internación involuntaria tendrán que ser notificados obligatoriamente en un plazo de diez horas al juez competente, quien a su vez dispondría de un plazo máximo de tres días corridos para autorizarla o requerir informes ampliatorios sobre la situación. El equipo de salud está obligado a externar al paciente o transformar la internación en voluntaria, no bien termina la situación de riesgo cierto e inminente, que justificó la medida. “Sólo puede ser forzosa la internación si hay un peligro cierto e inminente y no abstracto, como sucede muchas veces”, detalló el autor del proyecto original.
La propuesta terapéutica es la de promover “el mantenimiento de vínculos, contactos y comunicación de las personas internadas con sus familiares, allegados y con el entorno laboral y social, salvo en aquellas excepciones que por razones terapéuticas debidamente fundadas establezca el equipo de salud interviniente”. En ningún caso podrá emitirse un diagnóstico sobre la base exclusiva de un status político, socioeconómico, pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso. Tampoco por demandas familiares, elección o identidad sexual o la mera existencia de antecedentes de tratamiento u hospitalización.
El proyecto prohíbe la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o “instituciones de internación monovalentes, públicos o privados” y, en el caso de los ya existentes, se deberán adaptar a los objetivos y principios de la nueva ley hasta su sustitución definitiva por los dispositivos alternativos.
Entre el catálogo de derechos se incluye “el derecho a no ser identificado por un padecimiento mental actual o pasado”, el de “no ser objeto de investigaciones clínicas sin consentimiento” y el derecho “a ser informado de todo lo inherente a su tratamiento”.
“El tema estuvo invisibilizado durante la democracia y la situación es de una barbarie absoluta. Nunca estuvo en agenda y sin embargo logramos hacer algo”, concluyó Gorbacz. La suerte de esta nueva ley dependerá de su sanción en el Senado, agregó el diputado, y sobre todo de la buena voluntad política para implementarla.
Fuente: Página12
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