Matrimonio entre personas del mismo sexo. El argumento de la Corte Constitucional de Sudáfrica
por Esteban Paulón
En Sudáfrica, en el año 2005, se dio el debate acerca de la posibilidad de las parejas conformadas por personas del mismo sexo de contraer matrimonio. Y como en Argentina, una pareja de lesbianas se presentó ante la Corte Constitucional pidiendo por la inconstitucionalidad de las leyes sudafricanas que no les permitían el matrimonio.
La Corte analizó el caso en profundidad. Y cuando resolvió tenía dos alternativas: plantear que efectivamente había una discriminación, que esta pareja de lesbianas no podía casarse y que el Estado debía subsanar esa discriminación, o plantear que el Congreso tenía que modificar el Código Civil para permitir el Matrimonio a todas las parejas.
Y cuando emitió su sentencia la Corte Constitucional fue categórica declarando la inconstitucionalidad de la Ley de Matrimonio y ordenando al parlamento que modificara la legislación para permitir el acceso de las parejas de personas del mismo sexo a ese instituto jurídico.
Observó la Corte Constitucional dos elementos. El primero de carácter jurídico ya que la Constitución Sudafricana —que recoge un ordenamiento jurídico similar al de la Constitución Argentina reformada en 1994— garantizaba la igualdad plena en virtud de todos los pactos y tratados de derechos humanos con rango constitucional.
Y el segundo de carácter político y social. Luego de décadas de odio, racismo y discriminación, en Sudáfrica no había espacio para otra ley de apartheid.
Apartheid nunca más, fue el contundente mensaje.
Esteban Paulón es el Secretario General de la Federación Argentina LGBT.
El texto es un fragmento de su Introducción al excelente libro Matrimonio para todas y todos. Ley de igualdad: Aportes para el debate
por Esteban Paulón
En Sudáfrica, en el año 2005, se dio el debate acerca de la posibilidad de las parejas conformadas por personas del mismo sexo de contraer matrimonio. Y como en Argentina, una pareja de lesbianas se presentó ante la Corte Constitucional pidiendo por la inconstitucionalidad de las leyes sudafricanas que no les permitían el matrimonio.
La Corte analizó el caso en profundidad. Y cuando resolvió tenía dos alternativas: plantear que efectivamente había una discriminación, que esta pareja de lesbianas no podía casarse y que el Estado debía subsanar esa discriminación, o plantear que el Congreso tenía que modificar el Código Civil para permitir el Matrimonio a todas las parejas.
Y cuando emitió su sentencia la Corte Constitucional fue categórica declarando la inconstitucionalidad de la Ley de Matrimonio y ordenando al parlamento que modificara la legislación para permitir el acceso de las parejas de personas del mismo sexo a ese instituto jurídico.
Observó la Corte Constitucional dos elementos. El primero de carácter jurídico ya que la Constitución Sudafricana —que recoge un ordenamiento jurídico similar al de la Constitución Argentina reformada en 1994— garantizaba la igualdad plena en virtud de todos los pactos y tratados de derechos humanos con rango constitucional.
Y el segundo de carácter político y social. Luego de décadas de odio, racismo y discriminación, en Sudáfrica no había espacio para otra ley de apartheid.
Apartheid nunca más, fue el contundente mensaje.
Esteban Paulón es el Secretario General de la Federación Argentina LGBT.
El texto es un fragmento de su Introducción al excelente libro Matrimonio para todas y todos. Ley de igualdad: Aportes para el debate
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